Por José Sánchez-Santamaría* y Francisco M. Aliaga **
*GRIOCE. Universidad de Castilla-La Mancha
**Universidad de Valencia
Palabras clave: Sexenios de investigación, 2024, Evaluación científica, CNEAI- ANECA, Impacto Social, Ciencias de la Educación, Bibliométrica Narrativa
¡Ya tenemos en marcha una nueva convocatoria de sexenios de investigación! A diferencia de la de sexenios de transferencia, de la que nunca más se supo, este sí ha sido puntual a su cita anual. Mediante Resolución de 9 de diciembre de 2024 de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, se han publicado los criterios para la evaluación de la actividad investigadora (BOE, 2024), poniéndose así en marcha la segunda convocatoria en el marco de la Ley Orgánica 2/2023 del Sistema Universitario (BOE, 2023a), y del Real Decreto 678/2023 por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos (BOE, 2023b). De igual modo, está alineada con la Ley 17/2022, por la que se modifica la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE, 2022a).
Siguiendo la estela de entradas anteriores, de las que como en otras ocasiones se asume el contenido que se va generando como elemento de comparación desde 2017 hasta la actual convocatoria (Sánchez-Santamaría & Aliaga, 2019, 2021, 2023, 2024), se aportan una serie de reflexiones en torno a la convocatoria de 2024, con la intención de seguir alimentando el debate sobre una evaluación más justa, adecuada y real de la producción científica dentro del subcampo 7.2, de ciencias de la educación, vinculado con el desarrollo docente y la mejora de la práctica profesional.
Este proceso de “mutación” hacia una evaluación de la investigación más alineado con el movimiento internacional promovido con la LOSU (BOE, 2023a) y de convergencia hacia los diferentes sistemas de evaluación con el Real Decreto 678/2023 (BOE, 2023b), se plantea la cuestión sobre cuál está siendo su impacto real sobre el sentido y función de esta evaluación a través de los sexenios de investigación, de modo que tal y como se plantea en la misma norma procede también ir analizando, junto al papel del legislador, el alcance y coherencia con sus intenciones sobre: ¿cómo se están evaluando la pluralidad de funciones de la actividad académica? ¿cómo se está previniendo los incentivos indeseados por el mal uso de los indicadores bibliométricos? ¿cómo se está fomentando la creatividad y la innovación en la investigación académica? ¿qué se está haciendo para valorar la calidad sobre la cantidad? ¿cómo se está reforzando el vínculo entre producción científica y la transferencia? ¿cómo se está potenciando la investigación colaborativa? ¿cómo está garantizando la ordenación y homogeneización de la información de los criterios específicos para los diferentes campos, en el sentido de respetar las tradiciones disciplinares? Evidentemente, no es función exclusiva de la evaluación de la producción científica a través de los sexenios de investigación dar repuesta completa a estas cuestiones, ya que forman parte de un ecosistema de desarrollo profesional docente más amplio.
Cuestión 1. Criterios generales para todos los campos
En 2023, se planteaba la presentación de las publicaciones y sus resultados de investigación en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto. En 2024, se mantiene esta cuestión, en la que los depósitos deben incluir identificadores persistentes (DOI, Handle, ARK, etc.) y se promueve el acceso abierto siempre que sea posible en plataformas como Zenodo, etc. Ya en la convocatoria del año pasado, en este apartado se incorporaron cambios importantes, que han dado como resultado una evaluación más diversificada, flexible y con un enfoque combinado cualitativo y cuantitativo (Sánchez-Santamaría & Aliaga, 2024). Lo que evidencia una consolidación del proceso de adaptación a estándares de evaluación científica.
En la declaración de intenciones de la Resolución de 9 de diciembre de 2024 (BOE, 2024), se informa de al menos cinco aspectos (Tabla 1).
Tabla 1
Cambios de la convocatoria de evaluación del sexenio de investigación de 2023 a la 2024
Modifica | Elimina | Mantiene | |
Tipos de aportaciones | Consideración amplia de las aportaciones extraordinarias | — | Más pluralidad |
Valoración de aportaciones | — | — | Combinación: cualitativo y cuantitativo |
Resultados de investigación | — | — | Accesibilidad en abierto y repositorios institucionales. Atribución a terceros |
Trayectoria multidisciplinar | — | — | Campo 0. Interdisciplinar y multidisciplinar |
Criterios específicos | — | — | Ordenación y homogeneización
Mínimos necesarios |
Nota. BOE (2023b).
Esto evidencia los avances hacia un modelo de evaluación de la actividad investigadora más orientado por un enfoque de transferencia científica e impacto social, en el sentido de más flexible y sensible a los diversos medios, tipos y formas de comunicar la investigación de calidad. Como ya se apuntó en Sánchez-Santamaría y Aliaga (2023), la principal característica de este proceso de reforma del modelo de evaluación se centra en su baremo, que en la convocatoria de 2024 pasa a ser general para todos los campos, unido a una mirada más globalizada y coherente de las aportaciones de cara a una evaluación positiva, y que se aborda más adelante en esta entrada.
Cuestión 2. Subcampo 7.2 Ciencias del Comportamiento y de la Educación.
El subcampo 7.2., mantiene su denominación como Ciencias del Comportamiento y de la Educación, dentro del Campo 7 de Ciencias Sociales, del Comportamiento y de la Educación (Tabla 2).
Tabla 2
Evolución del subcampo 7.2 en las últimas convocatorias
2017 | Se crea el Comité Asesor 7 (2): CCEE, el 6 de marzo de 2018, pero existe solo el campo 7. Ciencias Sociales, Políticas, del Comportamiento y CCEE |
2018 | Aparece el subcampo 7.2., de CCEE |
2019 | Se mantiene el subcampo 7.2., de CCEE |
2020 | Se mantiene de la convocatoria 2019 |
2021 | Se amplía el número de personas evaluador as del comité. Se mantiene el subcampo 7.2., de CCEE |
2022 | Se mantiene de la convocatoria de 2021 |
2023 | Se modifica el subcampo, CCEE al combinarse con el de Ciencias del Comportamiento, que pasa del 7.1. al 7.2. |
2024 | Se mantiene de la convocatoria 2023 |
Nota. BOE (2017a, 2018a, 2019a, 2020a, 2021, 2022b, 2023c, 2024).
A nuestro juicio, la imagen de la composición de ese comité asesor (Figura 1) no se corresponde con la amplitud y diversidad de las ciencias de la educación, lo que queremos poner de manifiesto. Por tanto, es un sesgo de representación del conocimiento en las áreas dentro de ciencias de la educación. En una entrada anterior a Aula Magna (2024), ya pusimos de manifiesto esta circunstancia.
Figura 1
Composición del comité evaluador del subcampo 7.2 en función del área de conocimiento de la convocatoria de 2017 a la de 2024
Nota. BOE (2018b, 2019b, 2020b, 2022c, 2022d, 2023d). PEyE (Psicología Evolutiva y Educativa), PB (Psicología Básica), PETRA (Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos), MCC (Metodologías de las Ciencias del Comportamiento), DEP (Didáctica de la Expresión Plástica), DLyLE (Didáctica de la Lengua y la Literatura Española), DEC (Didáctica de la Expresión Corporal), DCE (Didáctica de las Ciencias Experimentales), DCS (Didáctica de las Ciencias Sociales) y EFD (Educación Física y Deportiva).
No hay cambios respecto a la convocatoria de 2023 (Figura 2), donde Pedagogía representa el 30%. Hay ausencia de áreas como Didáctica de la Expresión Musical o la Didáctica de las Matemáticas, y el porcentaje de género, es de 60% mujeres y 40% hombres.
Figura 2
Composición del comité evaluador del subcampo 7.2 en función del género desde la convocatoria de 2017 a 2024
Nota. BOE (2018b, 2019b, 2020b, 2022c, 2022d, 2023d).
Cuestión 3. Lo audiovisual como aportación valorable.
Según la convocatoria de 2024 hay una incorporación, a nuestro juicio relevante. Se trata de que “para las áreas de Ciencias de la Educación se podrán valorar obras audiovisuales”. Esto reconoce producciones de aportaciones relacionadas con el campo de la didáctica, y además ofrece la posibilidad de valorar aportaciones de este tipo en pedagogía, donde empiezan a verse de forma tímida producciones como tesis doctorales en formato audiovisual. Creemos que sería conveniente ir perfilando con mayor precisión qué características distinguen a una verdadera aportación con medios audiovisuales al campo de las Ciencias de la Educación de otros usos más orientados a la divulgación o difusión de aspectos ya consolidados.
Cuestión 4. El número de autores y autoras por publicación
Al igual que ya pusiéramos de manifiesto en la entrada anterior, Sánchez-Santamaría y Aliaga (2024), hay que poner en valor los avances en esta cuestión, aunque no se plasme en todas las direcciones posibles. Asistimos a un efecto no deseado en los proyectos de investigación o contratos de transferencia: la autoría suele representar un problema a la hora de abordar la elaboración de artículos o de libros o capítulos de libros. Esto ya no sucede tanto en las comunicaciones a congresos, donde el póster aún sigue siendo “menos valorado”, de forma incomprensible que una comunicación. En no pocas ocasiones, los equipos de investigación establecen, no por imposición, pero si por efecto, una limitación de 4 autores en los artículos. Incluso hay revistas (no así en los informes científicos ni en los proyectos) que limitan por normativa la participación de autoría, algo cuestionable desde punto de vista legal (no se puede obligar a renunciar a derechos de autoría), ético, práctico o científico: no tiene sentido limitar el reconocimiento del trabajo hecho entre todos a solo unos cuantos. En este sentido, deberíamos aprender de otras disciplinas con una tradición científica más consolidada, como por ejemplo la física, y recordar que el artículo que daba cuenta del hallazgo del bosón de Higgs (Aad et al., 2012) fue firmado en estricto orden alfabético por los 3.172 científicos que participaron en esa investigación, sin que ello supusiera limitación del reconocimiento ni sospechas institucionales preventivas y generalizadas. La situación planteada por ANECA focaliza el problema sobre la posibilidad de “trampas”, pero no en la capacidad ética propia de la competencia investigadora (o en el desarrollo de un auténtico régimen sancionador para los que realmente abusen ilegítimamente de este recurso a la autoría compartida), ni en el fomento de la colaboración entre equipos amplios de investigación (Tabla 3). La evaluación institucional renuncia así a ser un instrumento que potencie este tipo de grandes equipos que lleven a cabo grandes proyectos, fomentando por el contrario un tipo de minifundismo científico sin ningún beneficio conocido o deseable, más allá del juanpalomismo.
Tabla 3
Tratamiento de la autoría aplicada al subcampo 7.2
2017 | El número de autores o autoras de una aportación deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión |
2018 | El número de autores o autoras de una aportación deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión. Como principio, general un número Elevado de autores implicará la aplicación de un factor de reducción en la valoración del trabajo si sus exigencias de contenido y metodología no lo justifican |
2019 | |
2020 | |
2021 | |
2022 | |
2023 | Se plantea como penalización: En caso de autoría / coautoría / autoría múltiple que no quede suficientemente justificada (-15% en cada aportación afectada). |
2024 | Se mantiene de la convocatoria 2023 |
Nota. BOE (2017a, 2018a, 2019a, 2020a, 2021, 2022b, 2023c, 2024) y ANECA (2023a, 2024).
Como ya se pusiera de manifiesto en la convocatoria de 2023, se exige la declaración del uso de la Inteligencia Artificial Generativa (IAG), aunque solo en aquellos casos en los que el contenido original de la aportación se vea afectado, si bien hemos de hacer notar que, a estas alturas del desarrollo tecnológico, identificar los productos en los que no se respete esta indicación es ya prácticamente imposible (salvo despiste generalizado de autores, revisores y editores, que ya los ha habido). Esto es algo que a lo que habrá que seguirle la pista: de momento ya hay estudios que informan de uso de Inteligencia Artificial sin haber sido declarada (Strzelecki, 2025) y hay posiciones dispares en las revistas: muchas directamente no lo autorizan y otras permiten su uso, pero siempre que se informe de ello.
Nota. https://www.pexels.com/es-es/foto/pila-de-libros-cubiertos-159751/
Cuestión 5. WoS – JCR vs SCOPUS y métricas muy diversas
Al menos sobre el papel (Tabla 4), se asume un criterio más armónico y lógico sobre la importancia de los medios de difusión y sus métricas, que se conjugan con otras métricas y con una narrativa bibliométrica más diversa y sensible a los diferentes tipos de aportaciones.
Tabla 4
Valoración del medio de difusión en las distintas convocatorias de sexenios
2017 | Asimismo (sin que necesariamente se valoren por igual), los artículos publicados en revistas situadas en posiciones relevantes de los listados de Scimago Journal Rank (SJR) y en «Arts and Humanities Citation Index» de la «Web of Science» |
2018 | Asimismo, (sin que necesariamente se valoren por igual), los artículos publicados en revistas situadas en posiciones relevantes (Q1 y Q2) de los listados de Scimago Journal Rank (SJR), y en «Arts & Humanities Citation Index» de la «Web of Science» |
2019 | Asimismo, (sin que necesariamente se valoren por igual), los artículos publicados en revistas situadas en posiciones relevantes de los listados de «Scimago Journal Rank (SJR)» |
2020 | Se mantiene de la convocatoria 2019 |
2021 | Se mantiene de la convocatoria 2020 |
2022 | Asimismo, (sin que necesariamente se valoren por igual), los artículos publicados en revistas situadas en posiciones relevantes de los listados de Scopus, utilizándose como índice de impacto de referencia tanto «Cite Score» como «Scimago Journal Rank (SJR)» |
2023 | En el caso de los artículos, se valorarán preferentemente aquellas aportaciones publicadas en revistas de calidad contrastada o indexadas en bases de datos bibliográficas de reconocido prestigio, o en aquellas que hayan recibido un sello o reconocimiento de calidad por un organismo independiente. Asimismo, también se considerarán aportaciones en plataformas de publicación de resultados de investigación como Open Research Europe |
2024 | Se mantiene de la convocatoria 2023, y se añade: Se podrá alcanzar una evaluación positiva presentando cinco aportaciones de relevancia e impacto justificados que respondan a los criterios generales descritos en la sección I. Prevalecerá siempre su contenido e impacto científico y social |
Nota. BOE (2017a, 2018a, 2019a, 2020a, 2021, 2022b, 2023c, 2024) y ANECA (2022, 2023, 2024a).
En esta convocatoria, al existir un baremo común para todos los campos, no se informa de la puntuación que se le asigna al medio, como se venía haciendo, tal y como se refleja en la siguiente Tabla 5. Esto, además de poner en valor el contenido e impacto científico y social de la aportación en concreto, incorpora otro elemento, a nuestro juicio muy importante: la valoración del medio no se limita a una posición dentro de una única métrica, sino que se tiene en cuenta la aportación dentro del medio.
Tabla 5
Cambios experimentados en la posición otorgada en la convocatoria de 2022 y la de 2023 sobre el medio y su puntuación
Posición | 2022 | 2023 | 2022 | 2023 |
Medio | Puntuación (puntos) | |||
Relevancia alta | JCR Q1, Q2, Q3 y Q4; SJR Q1 y Q2 | Citescore/SJR y JCR en Q1 y Q2 | 10 -7 | Hasta el 6 |
Relevancia media | SJR Q3 y Q4; FECYT Q1 y Q2
Editoriales o colecciones con sello de calidad FECYT y CEA- APQ SPI Q1-Q2 internacional y Q1 nacional |
Citescore/SJR y JCR en Q3 y Q4,
Editoriales o colecciones con sello de calidad FECYT y CEA- APQ |
7-6 | 3-5 |
Relevancia baja | FECYT Q3 y Q4,
Dialnet Métricas, Emerging Sources Citation Index (ESCI)… |
Otras aportaciones indexadas en medios con menor visibilidad o impacto | 0-5 | 0-2 |
Nota. Sánchez-Santamaría y Aliaga (2024) a partir de ANECA (2022, 2023a).
El uso de los cuartiles asume menor protagonismo e influencia en la decisión sobre la calidad de la aportación, aspecto que se ve mejorado con la sección I de la actual convocatoria (BOE, 2024), donde se hace una propuesta detallada de dimensiones, métricas y fuentes de la bibliometría narrativa, en relación con la de convocatoria de 20023. Esta mejora es muy relevante por su contenido y variedad, pero plantea la duda sobre cómo se tendrá en cuenta y cuál es el peso de cada una de ellas dentro del impacto científico de la aportación, que parece quedar a discreción de quién evalúa.
Cuestión 6. Baremo de evaluación
Como se ha indicado ya en la convocatoria de 2024 hay un único baremo de evaluación, que queda como se recoge en la Tabla 6.
Tabla 6
Baremos de la convocatoria de 2023 y 2024
Aspecto evaluado | Convocatoria 2023 | Convocatoria 2024 |
Contribución al progreso del conocimiento en el área | 10% | 10% |
Impacto científico | 60% | 60% |
Impacto social | 10% | 10% |
Contribución a la ciencia abierta | 10% | 10% |
Aportación preferente | 10% | 10% |
Posibles causas reductoras de la calificación | ||
Reiteración de publicaciones | 15% | Exclusión de aportaciones |
Conflicto de interés editorial | — | Exclusión de aportaciones |
Malas prácticas de publicación | 25% a -100% | Exclusión de aportaciones |
Procesos de revisión no contrastables | — | 25% a -100% |
Autoría insuficientemente justificada | -15% | -15% |
Nota. ANECA (2023, 2024a).
Este baremo revisado presenta novedades, así como algunos puntos fuertes y otros mejorables desde nuestro punto de vista:
- Puntos novedosos:
- Enfatiza la importancia de la narrativa en aspectos como la contribución al progreso del conocimiento en el área.
- Aporta una mayor descripción de los criterios de evaluación, incluso con ejemplos que los ilustran.
- Apuesta de forma clara por la integridad científica asociada a las malas prácticas de publicación.
- Puntos fuertes:
- Se identifican los criterios a evaluar, ofreciendo ejemplos diversos y variados.
- La diversidad de aportaciones y de medios a valorar.
- La apuesta por la ciencia abierta.
- Puntos mejorables o que generan dudas:
- Se complejiza la evaluación, al incorporar multitud de aspectos que pueden limitar la calificación de la aportación. Hay procesos de adaptación de los medios de difusión y de las formas de hacer ciencia en cada ámbito que deberían ser tenidas en cuenta. No queda claro en qué medida la discrecionalidad de cada comité influirá en la aplicación contextualizada del baremo.
- El impacto científico y la contribución al conocimiento no están equilibrados: si el medio dejar de tener peso y es la aportación, esto debería presentar una calificación más coherente. No tenemos claro que el medio no sea determinante, viendo el % del impacto científico, a la hora de la aplicación por parte de los comités.
- El peso de cada uno de los aspectos que integran cada criterio de evaluación del baremo se desconoce. No parece razonable que una evaluación de Sí/No, incorpore una escala sobre 100% que a efectos prácticos no tiene ningún impacto, más allá de establecer la línea entre la concesión o la denegación del sexenio.
- El impacto social es transferencia. Y aunque claramente definido, genera dudas sobre qué ocurre con aquella ciencia que genera impacto a futuro o en la que los flujos de impacto son muy débiles, no por el trabajo sino por el contexto. El uso de resúmenes fáciles y recabar perfiles de lectura no académicos puede ser un indicador para tener en cuenta a futuro.
El cambio de evaluación es muy significativo, si se compara con las convocatorias anteriores a 2023. Se trata de la profundización en un viraje, no solo cuantitativo o cualitativo, también de concepción sobre cómo, a través de la evaluación, se puede contribuir a generar cambios y a apoyar esos resultados en las formas de hacer ciencia y contribuir a la difusión, comunicación e impacto. Todo esto, que no debe estar exento de crítica y revisión, parece que es a lo que se orienta el Plan de Acción CoARA 2024-2027 de ANECA (ANECA, 2024b).
De igual modo, hay dos aspectos no abordados en relación con la ciencia ciudadana y la participación de profesionales no académicos, como aspectos que pueden ser valorados de cara a las aportaciones, tanto en el criterio de impacto social como de ciencia abierta.
Reflexiones abiertas
Unido a algunas de las reflexiones que ya se aportaban en Sánchez-Santamaría y Aliaga (2024), se empieza a dar forma a un modelo de evaluación flexible, diverso y transparente. Sin duda, su progresiva definición va a empezar a tener una influencia notable y directa sobre cómo se genera, comunica e impacta el conocimiento en ciencias de la educación. Valoramos positivamente este aspecto, que además es coherente con las intenciones recogidas en la LOSU (2023). De igual modo, el reconocimiento de los diferentes tipos de aportaciones es un avance hacia una evaluación plural y sensible a las funciones de la actividad investigadora, aunque hay dudas sobre cómo otras aportaciones (como las audiovisuales) van a ser valoradas, lo que puede limitar el interés y confianza de la comunidad investigadora de ciencias de la educación por hacer ciencia en formatos y medios diferentes, pero con la intención de progreso científico e impacto social. Esto a su vez se relaciona con la idea del fomento de la creatividad y la innovación, siendo la segunda la que puede ser más entendible y propia del ADN de la investigación en nuestro ámbito. Un baremo consolidado, no solo bien descriptivo, sino también detallado y concreto en sus valoraciones, orientado a ofrecer una evaluación de calidad, no solo formativa, es esencial para potenciar esa creatividad, que actualmente, y bajo nuestro punto de vista, queda algo limitada. El vínculo entre producción científica y transferencia es dudoso, sobre todo por la ausencia, un año más, de un sexenio de transferencia claramente establecido, operativo y que ofrezca información sobre qué y cómo es la transferencia que debe ser valorada como de calidad. Pensamos, de igual modo, que el actual planteamiento de evaluación resta opciones reales para una investigación colaborativa amplia, más allá de iniciativas personales o tradiciones de algunos grupos: es algo que no queda del todo claro en esta convocatoria, y que desde luego no se potencia, sino que más bien se plantean cortapisas desincentivadoras. Por último, consideramos que hay un avance hacia la ordenación y homogeneización de la información, pero queda en sombra, en la actual convocatoria, el empleo de los criterios específicos y cómo se va a respetar la tradición e idiosincrasia disciplinar, incluso dentro de las múltiples áreas de ciencias de la educación.
Lejos de lo que apuntábamos el año pasado, cuando decíamos que parecía, a tenor del impulso que se le había dado al impacto social, la convocatoria de sexenio de transferencia, las noticias que nos llegan es que habrá convocatoria, aunque sin fecha ni otras concreciones. Esto no resuelve algo ya apuntado (Sánchez-Santamaría & Aliaga, 2024), en el sentido de cómo se combinará un sexenio de transferencia con otro de investigación donde la convergencia apunta hacia el impacto social de los resultados, al menos en alguno de los aspectos que la experiencia piloto del sexenio de transferencia evaluaba.
Mantenemos la idea de que la evaluación del sexenio de investigación va en la dirección correcta. Pero hay dudas razonables en cuestiones que deben ser revisadas, testeadas y sometidas a valoración de toda la comunidad científica implicada en el campo 7.2. La tendencia, aunque es cierto que aquí depende de cómo lo vayan haciendo las comisiones del campo 7.2., informa de que más diversidad puede ser mejor, pero también más complejo y difuso respecto a qué es lo esperable para ser evaluado positivamente. Hay un aspecto, aunque obvio, pero que no se ha revisado desde su episteme, si desde su metodología: ¿cuál es el sentido real del sexenio de transferencia?
Seguimos compartiendo, aprendiendo y describiendo que queda mucho por hacer.
REFERENCIAS
Aad, G., et al. (2012). Observation of a new particle in the search for the Standard Model Higgs boson with the ATLAS detector at the LHC. Physics Letters B, 716(1), 1-29. https://doi.org/10.1016/j.physletb.2012.08.020
ANECA (2022). Orientaciones para los baremos de los criterios de la evaluación de sexenios en la convocatoria 2022. https://www.aneca.es/orientaciones-baremos-criterios-de-evaluaci%C3%B3n-2022
ANECA (2023). Baremo específico propuesto por el Comité Asesor del Campo 7.2. https://www.aneca.es/documents/20123/204324/Baremo+7_2+revisado. pdf/3c026f64-d64a-762f-a881-99a523396d98?t=1705065302024
ANECA (2024a). Baremo de aplicación en la evaluación de la actividad investigadora por parte de los Comités (convocatoria 2024 de sexenios de investigación). https://www.aneca.es/documents/20123/238516/BAREMO_091224.pdf/46fead2b-6d41-2cc8-20d0-a21bc3e3a38d?t=1736258650880
ANECA (2024b). Plan de acción CoARA 2024-2027. https://www.aneca.es/-/plan-de-acci%C3%B3n-2024-2027-en-el-marco-de-coara-de-aneca
BOE (2017a). Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación.https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-14085
BOE (2017b). Resolución de 17 de febrero de 2017, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se nombra a los miembros de los Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-1755
BOE (2018a). Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-16138
BOE (2018b) Resolución de 2 de marzo de 2018, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se nombra a los miembros de los Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora. https://www.boe.es/boe/dias/2018/03/06/pdfs/BOE-A-2018-3093.pdf
BOE (2019a). Resolución de 12 de noviembre de 2019, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-17008
BOE (2019b). Resolución de 14 de febrero de 2019, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se nombran miembros de los Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-3093
BOE (2020a). Resolución de 30 de octubre de 2020, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. https://www.boe.es/boe/dias/2021/01/02/pdfs/BOE-A-2021- 53.pdf
BOE (2020b). Resolución de 6 de marzo de 2020, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se nombran miembros de Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE- A-2020-3874
BOE (2021). Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-58
BOE (2022a). Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-14581
BOE (2022b). Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-21729
BOE (2022c) Resolución de 10 de enero de 2022, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se nombran especialistas y miembros de Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora. https://www.boe.es/boe/dias/2022/01/14/pdfs/BOE-A-2022-566.pdf
BOE (2022d). Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se nombran miembros de Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, así como especialistas. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-9
BOE (2023a). Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-7500
BOE (2023b). Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-19027
BOE (2023c). Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-25537
BOE (2023d). Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se nombran miembros de Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-26012
BOE (2024). Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora. https://www.boe.es/boe/dias/2024/12/19/pdfs/BOE-A-2024-26587.pdf
Sánchez-Santamaría, José y Aliaga, Francisco M. (2019, 29 de noviembre). Sexenios de Investigación en el Subcampo 7.2 en la CNEA: ¿En qué punto estamos? ¿Se ha avanzado o hay un camino de ida y vuelta a cuestiones por resolver? Aula Magna 2.0. [Blog]. https://cuedespyd.hypotheses.org/?p=7015
Sánchez-Santamaría, José y Aliaga, Francisco M. (2021, 22 de enero). Criterios de Evaluación del Sexenio de Investigación en el Subcampo 7.2 de Ciencias de la Educación en Estado Latente. Aula Magna 2.0. [Blog]. http://cuedespyd.hypotheses.org/8891
Sánchez-Santamaría, José y Aliaga, Francisco M. (2023, 27 de enero). Evaluación del Sexenio de Investigación desde la creación del subcampo 7.2. de Ciencias de la Educación. Aula Magna 2.0. [Blog]. https://cuedespyd.hypotheses.org/12381
Sánchez-Santamaría, José y Aliaga, Francisco M. (2024, 26 enero). Sexenio de Investigación 7.2.: un enfoque de evaluación que conjuga evidencias de progreso científico, impacto social y Open Science. Aula Magna 2.0 [Blog]. https://doi.org/10.58079/voll
Strzelecki, Artur. (2025). As of my last knowledge update: How is content generated by ChatGPT infiltrating scientific papers published in premier journals? Learned Publishing, 38(1). https://doi.org/10.1002/leap.1650
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Sánchez-Santamaría, José y Aliaga, Francisco M. (2025). ¡Convocatoria de sexenios de investigación en el campo 7.2 a la vista! Aula Magna 2.0 [Blog]. https://cuedespyd.hypotheses.org/17480
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Aula Magna 2.0 (10 de enero de 2025). ¡Convocatoria de sexenios de investigación en el campo 7.2 a la vista! Aula Magna 2.0. Recuperado 23 de enero de 2025 de https://doi.org/10.58079/131y0