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La CNEAI publica los criterios específicos para la evaluación de los sexenios

La CNEAI publica los criterios específicos para la evaluación de los sexenios

Por Marta Ruiz-Corbella y Arturo Galán. Editores de Aula Magna 2.0

Ya cerca de la Navidad, como cada año, la CNEAI publica los criterios específicos para la evaluación de la actividad científica aprobados para cada uno de los campos de evaluación. En esta ocasión, mediante Resolución de 14 de noviembre de 2018.

La novedad de esta edición: se incluye el apartado específico del subcampo 7.2 de Ciencias de la Educación. Posiblemente sea el resultado de las peticiones y las entrevistas mantenidas el curso pasado en la ANECA por Aula Magna 2.0 y RETINDE, que ya dieron lugar a un comité de evaluación propio de Ciencias de la Educación en la pasada edición.

Como en ediciones anteriores, deberán aportarse cinco aportaciones que serán valorables si significan progreso real del conocimiento. Es decir, no se valorarán los trabajos meramente descriptivos o las reiteraciones de trabajos previos, excepto en los casos en que contribuyan claramente a la consolidación del conocimiento.

Otro elemento en el que se continua avanzando, la multiautoría: “Para que una aportación sea considerada, el solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos que le dieron origen, concretando su aportación específica a los mismos en los casos de multiautoría”. En el caso del subcampo 7.2 

el número de autores de una aportación deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión. Como principio, general un número elevado de autores implicará la aplicación de un factor de reducción en la valoración del trabajo si sus exigencias de contenido y metodología no lo justifican.

Como es habitual, no se especifica qué se entiende por número elevado de autores.

¿Qué aportaciones se valoran?

  • Aquellas publicadas en revistas de reconocida valía, es decir, incluidas en el Journal Citation Reports de SSCI y Journal Citation Reports de CI, ambos de la Web of Science.
  • En un segundo orden, aquellas publicadas en posiciones relevantes del Scimago Journal Rank (SJR), y en Arts & Humanities Citation Index de la Web of Science. Esta vez se indican los cuartiles correspondientes a las posiciones relevantes: Q1 y Q2 de SJR.
  • Otras publicaciones incluidas en otras bases de datos especializadas queda a juicio del Comité Asesor. No hay ninguna indicación clarificadora sobre su posible valoración.
  • Libros y capítulos de libro, los que se recogen en Q 1 del Scholarly Publishers Indicators (editoriales nacionales) y en Q1 y Q2 para editoriales internacionales. Además de aportar número y carácter de las citas recibidas, reseñas y críticas en revistas especializadas, la colección y la traducción a otras lenguas.
  • Y, por último, aviso a navegantes:

“Se valorará desfavorablemente la reiterada publicación de trabajos en revistas o editoriales pertenecientes o asociadas al mismo organismo donde el solicitante realiza su investigación, así como que las distintas aportaciones se dupliquen o resulten iterativas sin efectiva innovación. También se valorará desfavorablemente el que más de una contribución forme parte de un mismo libro o número de revista”.


OpenEdition le sugiere que cite este post de la siguiente manera:
Ernesto López (27 de noviembre de 2018). La CNEAI publica los criterios específicos para la evaluación de los sexenios. Aula Magna 2.0. Recuperado 9 de octubre de 2024 de https://doi.org/10.58079/nesu


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