Por Cristina Laborda Molla[i], Mercè Jariot García[ii] y Henar González Fernández[iii]
Departamento de Pedagogía Aplicada
Universidad Autònoma de Barcelona
Palabras clave: Educación XX1, calidad de vida, competencias para la vida, discapacidad intelectual, empleabilidad
Nadie cuestiona el valor del trabajo como factor determinante para la realización personal. Además de que es un derecho fundamental que se traduce en la libertad para elegirlo, para disfrutar de unas condiciones equitativas y satisfactorias en ese trabajo, a una remuneración digna, a la protección social… Podríamos continuar concretando todos los derechos y beneficios que se derivan de esta acción, tanto a nivel individual como social, pero nuestro punto de mira es otro. Y empezamos por plantear una pregunta: si el trabajo es un derecho, además de un valor para cada individuo, ¿por qué se lo restringimos a las personas con discapacidad intelectual? Además, sabemos que una actividad laboral les aporta seguridad personal se convierte en una herramienta imprescindible para su inclusión socio-comunitaria y condición necesaria para conseguir el equilibrio entre el “ser individual” y el “ser social” (Pegalajar y Xandri, 2015). Sin embargo, comprobamos que este colectivo de personas con DI muestra dificultades específicas en la obtención de un empleo, por lo que se hace necesaria la existencia de soportes que compensen estas dificultades, aflorando el principio de equidad que garantice una verdadera inclusión sociolaboral.